Ayudas en materia de industrialización para inversiones de Pymes Industriales que mejoren la competitividad y sostenibilidad de determinados sectores en la Comunitat Valenciana.
Objetivo
Este programa, en régimen de concurrencia competitiva, apoya la realización de inversiones de carácter industrial que contribuyan al crecimiento y consolidación de pymes industriales vinculadas a los sectores de la automoción, sector espacial y sector de la aeronáutica; sectores de la biotecnología, la producción audiovisual, la producción de videojuegos, de animación y de realidad aumentada y virtual; sectores de la cerámica, del vidrio y de los materiales de construcción no metálicos; industria del cuero y del calzado; sector de la fabricación de envases y embalajes; sectores del juguete, artículos de deporte y otras industrias manufactureras; sectores de fabricación de madera, muebles y aparatos de iluminación; sectores del mármol, la piedra natural y los áridos; sector metal- mecánico; sectores del papel y las artes gráficas; sector del plástico; industria química; sector textil y sector de la valorización de materiales.
Plazos de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será desde el 16 de enero hasta al 3 de marzo de 2023, ambos días incluidos.
Financiación
Para el ejercicio 2023, las ayudas convocadas se financiarán con cargo a la línea S0360 del programa presupuestario 11.02.03.722.20, capítulo VII, hasta un importe global máximo de 44.399.600 euros, procedentes de fondos propios de la Generalitat.
Se establece la siguiente distribución por sectores del importe global máximo de esta convocatoria:
SECTORES | PYMES |
---|---|
Automoción, sector espacial y de la aeronáutica | 3.171.400 € |
Biotecnología, producción audiovisual, de videojuegos, de animación y de realidad aumentada y virtual | 3.171.400 € |
Cuero y Calzado | 3.171.400 € |
Cerámica, vidrio y materiales de construcción no metálicos | 3.171.400 € |
Envases y embalajes | 3.171.400 € |
Juguete, artículos de deporte y otras industrial manufactureras | 3.171.400 € |
Madera, mueble e Iluminación | 3.171.400 € |
Mármol – Piedra Natural y Áridos | 3.171.400 € |
Metal – mecánico | 3.171.400 € |
Papel y Artes Gráficas | 3.171.400 € |
Plástico | 3.171.400 € |
Químico | 3.171.400 € |
Textil | 3.171.400 € |
Valorización de materiales | 3.171.400 € |
TOTAL | 44.399.600 € |
Acciones subvencionables
Proyectos de inversión que supongan la implantación de nuevas líneas de producción.
- 1ª En establecimientos industriales nuevos
- 2ª En establecimientos que ya están en producción en cualquier punto de la Comunitat Valenciana
Proyectos de inversión que supongan mejoras o la modernización de líneas de producción en esos establecimientos industriales, a excepción de la implantación de equipos de eficiencia energética o sistemas de recuperación o gestión energética.
Beneficiarias
Podrán ser beneficiarias las pequeñas y medianas empresas (pymes) privadas, que desarrollen o vayan a desarrollar en la Comunidad Valenciana una actividad industrial y pertenezcan a los sectores anteriormente nombrados.
Cuantía de la subvención
La ayuda consistirá en una subvención del 35% del total de los gastos subvencionables, hasta 200.000€
El presupuesto mínimo subvencionable del proyecto de inversión industrial será de 20.000 euros, IVA excluido, salvo para los sectores de la biotecnología, la producción audiovisual y la producción de videojuegos, animación, realidad aumentada y virtual que será de 10.000 euros, IVA excluido.
Tipos de gastos subvencionables
1) Costes externos de adquisición y/o mejora de maquinaria, aparatos, equipos y otros activos materiales directamente vinculados a la producción y necesarios para la implantación, mejora o modernización de las líneas de producción.
Se admitirán además como activos vinculados a la producción:
- Los moldes y matrices
- La maquinaria para certificación o control de calidad de productos, el equipamiento de laboratorios internos y salas blancas
- Los transformadores, las depuradoras y equipos de gestión y/o reducción de los residuos, emisiones y efluentes
- Los vehículos y equipos de transporte por el interior
- Maquinaria y equipos relacionados con el almacenaje, embalaje, preparación y la logística de las materias primas, productos intermedios o productos acabados.
Todos los equipos anteriores se considerará activos materiales subvencionables si además de estar vinculados a la producción industrial, están inscritos en el inventario de la empresa beneficiaria, que por lo general serán los que consumen con el uso y tienen una permanencia en la empresa superior a una año.
Habrá obligación de mantener la inversión en la Comunitat al menos 3 años desde del final del plazo de justificación. La venta o traslado supondrá la devolución de la ayuda.
Subvencionables los costes de mejoras de maquinaria, aparatos, equipos y otros activos materiales preexistentes en el establecimiento cuando consistan en cambios de componentes esenciales y supongan:
- Un avance sustancial en la eficiencia energética de la misma, en sus capacidades productivas, en la seguridad industrial de la empresa o en la seguridad laboral de las personas trabajadoras que las utilizan.
- Estos avances sustanciales deberán motivarse cualitativa y/o cuantitativamente en la memoria descriptiva
No serán subvencionables los costes de meras reparaciones y acciones de mantenimiento de maquinaria y/o de parte de sus componentes o elementos auxiliares de producción.
2) Costes externos de adquisición, diseño a medida, implantación y puesta en funcionamiento de activos inmateriales como patentes y/o diseños industriales, licencias de fabricación, software, aplicaciones, desarrollos e innovaciones industriales realizadas por terceros para la empresa beneficiaria, siempre que la misma esté vinculada directamente a la producción industrial de la misma.
Se incluyen además los activos inmateriales destinados a la modelización, simulación, virtualización, mantenimiento preventivo, automatización y sensorización de procesos industriales.
Se incluyen además las aplicaciones de gestión de logística interna y externa (CRM) o las tecnologías de gestión integrada de la información de la empresa (ERP).
También será subvencionable como activos inmateriales en su caso, los pagos realizados, desde el 1 de enero de 2022 hasta la fecha de justificación, por el uso sin adquisición de licencias, software, aplicaciones, desarrollos o innovaciones.
También será subvencionable los pagos realizados por costes imprescindibles para el registro de marcas, patentes, modelos de utilidad o diseños generados por la empresa beneficiaria, así como los de renovación.
Excluidos activos inmateriales de propósito general como sistemas operativos, aplicaciones de comunicaciones, paquetes de ofimática, edición y/o tratamiento de textos o imágenes.
3) Costes de ingeniería industrial siempre que sean claramente necesarios para alguna de las actuaciones.
Queda expresamente excluida cualquier forma de consultoría asociada a la gestión y tramitación de subvenciones.
4) Gastos de auditoría cuenta justificativa (máx. 600€, IVA excluido)
Exclusiones de activos materiales
Se excluyen expresamente por normativa europea los elementos de transporte exterior de mercancías (camiones, camionetas, etc.)
No se considerarán vinculados a la producción y por tanto están excluidos:
Las instalaciones y equipos para producción de energía eléctrica proveniente de fuentes de energía renovables.
Los ordenadores personales, servidores, impresoras de documentos, tabletas, consolas o similares que estén destinados a funciones administrativas de la empresa.
Otros equipamientos o instalaciones como puertas, control de accesos, vestuarios, baños o el mobiliario y equipamiento de despachos o estancias que no estén vinculados claramente a la producción industrial.
No se subvencionarán la adquisición de empresas, de acciones o de participaciones sociales.
No se subvencionarán los costes de adquisición o arrendamiento de terrenos, naves industriales, edificios u otros bienes inmuebles
No se subvencionarán los gastos de obra civil como las inversiones materiales en urbanización, canalizaciones rápidas y acometidas de los servicios necesarios para la actividad, ni las inversiones para la construcción, ampliación o adecuación de bienes inmuebles.
Plazos de realización y pago
Las inversiones tienen que realizarse y pagarse entre el 1 de enero 2022 y el 2 de noviembre de 2022
Presupuesto mínimo subvencionable
El presupuesto mínimo subvencionable de la inversión industrial será de 20.000 €, (IVA excluido), salvo para el sector de la producción de videojuegos, que será de 10.000€ (IVA excluido).
Formulario acceso
Este breve formulario nos permitirá conocer tus posibilidades de acceso. Nos pondremos en contacto contigo muy pronto para comunicarte tus opciones.
Fuente: DOGV